Oferta de Empleo Público

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Nota informativa relacionada con las obligaciones de transparencia activa recogidas en el artículo 6.2.e) de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés

El Artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que el personal al servicio de los consorcios podrá ser funcionario o laboral y habrá de proceder exclusivamente de las Administraciones participantes. Su régimen jurídico será el de la Administración Pública de adscripción y sus retribuciones en ningún caso podrán superar las establecidas para puestos de trabajo equivalentes en aquélla. Para adaptarse plenamente a este precepto el CAST ha adaptado sus estatutos, recogiendo expresamente en su artículo 23 que el personal del Consorcio estará constituido exclusivamente por empleados/as públicos/as procedentes de cualquiera de las entidades consorciadas, adscritos/as de acuerdo con las normas que les sean de aplicación. Consecuentemente, el Consorcio Asturiano de Servicios Tecnológicos NO REALIZA OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO, sus trabajadores acceden a los puestos de trabajo mediante concursos de méritos reservados a empleados públicos de las Administraciones consorciadas.