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Órganos de Representación de Personal

Órganos de Representación de Personal

 

Nota informativa relacionada con las obligaciones de transparencia activa recogidas en el artículo 6.2.h) de la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés:

"Composición de los órganos de representación del personal, así como el número de personas con dispensa total o parcial de asistencia al trabajo con motivo de licencias sindicales". 

 

Tras la entrada en vigor de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Consorcios han visto modificado su régimen jurídico, quedando adscritos a una administración pública de acuerdo con los criterios de prioridad recogidos en el artículo 120 de la propia norma. En cumplimiento de dicha Ley y tras su entrada en vigor, el Consorcio Asturiano de Servicios Tecnológicos ha modificado sus Estatutos en sesión extraordinaria de la Junta General, celebrada en fecha 14-07-2016 (publicación en el BOPA el 09-08-2016), recogiendo expresamente en su artículo 4 su adscripción al Principado de Asturias. En este sentido, en el propio artículo 4 se establece la aplicación de la normativa autonómica tanto en el régimen de presupuestación, contabilidad y control de la administración pública, como en el régimen jurídico de empleo público.

 

El Consorcio Asturiano de Servicios Tecnológicos no cuenta con órganos de representación propios. La función de representación del personal del CAST se realiza por los órganos constituidos para la Administración del Principado de Asturias.

 

En la fecha de suscripción de la presente nota informativa ningún empleado público del Consorcio dispone de dispensa total o parcial de asistencia al trabajo por motivo de licencias sindicales.